Pregunta frecuente y su respuesta

¿Quién puede contratar los servicios de Trabajopolis.bo?
Últimas actualizaciones hace 2 años

Debido al incremento de ofertas laborales falsas en redes sociales y motores de búsqueda, para resguardar la seguridad de nuestros usuarios, solamente las empresas o entidades legalmente establecidas en Bolivia pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo. Las empresas extranjeras tienen requisitos especiales que se detallan en este artículo.

¿Cuál es el motivo de esta restricción?

Trabajopolis.bo se toma muy en serio la seguridad de sus usuarios y queremos protegerlos del peligro de las ofertas laborales falsas. Esta restricción y una serie de controles internos son las varias formas en las que minimizamos los riesgos para nuestros usuarios. Queremos que buscar trabajo en Trabajopolis.bo sea una experiencia segura.

¿Qué se considera una empresa o entidad legalmente establecida?

Una empresa o entidad legalmente establecida puede ser una sociedad comercial (S.R.L., S.A., S.A.M., LTDA.), una empresa unipersonal, una cooperativa, una asociación sin fines de lucro o cualquier entidad que esté habilitada por la autoridad reguladora para llevar a cabo sus actividades. 

Para las empresas, la autoridad reguladora es el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC) y este otorga la Matrícula de Comercio a las empresas legalmente establecidas.

Las asociaciones sin fines de lucro y ciertas entidades no están reguladas por el SEPREC, pero están igualmente obligadas a tener NIT y otros documentos para poder operar legalmente.

Adicionalmente, todas las empresas, entidades u asociaciones sin fines de lucro que tienen empleados, están obligadas a tener Registro Obligatorio de Empleadores (ROE), deben estar afiliadas a una caja de salud (Caja Nacional, Caja Petrolera, etc.) y pagar aportes a las administradoras de fondos de pensiones (AFP). En este sentido, nos reservamos el derecho de solicitar información y documentación a nuestros clientes para poder realizar las verificaciones respectivas.

¿Están permitidas las empresas unipersonales?

Las empresas unipersonales pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo siempre y cuando cuenten con NIT y Matrícula de Comercio.

¿Están permitidas las personas que tienen NIT de Registro Agropecuario Unificado (RAU)?

Las personas que tienen NIT de Registro Agropecuario Unificado (RAU) pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo siempre y cuando cuenten con Registro Obligatorio de Empleadores (ROE).

¿Puedo contratar los servicios de Trabajopolis.bo si no tengo Matrícula de Comercio?

Algunas entidades no están obligadas a tener Matrícula de Comercio. Por ejemplo, las Asociaciones sin fines de lucro. En estos casos, se requiere que la entidad tenga NIT y Registro Obligatorio de Empleadores (ROE). Las sociedades comerciales (S.R.L., S.A., S.A.M., LTDA.) y las empresas unipersonales están obligadas a tener Matrícula de Comercio. 

¿Están permitidos los profesionales independientes?

Los profesionales independientes no pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo ya que este régimen tributario solamente es válido para personas que trabajan por cuenta propia y no tienen empleados. Sin embargo, una consultora de recursos humanos que sea profesional independiente puede publicar anuncios de empleo para sus clientes, previa verificación por parte de Trabajopolis.bo.

¿Están permitidas las personas que tienen NIT del Régimen Tributario Simplificado?

Las personas que tienen un NIT del Régimen Tributario Simplificado no pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo ya que este régimen tributario solamente es válido para personas que trabajan por cuenta propia y no tienen empleados.

¿Están permitidas las personas que tienen NIT de alquiler de inmuebles?

Las personas que tienen un NIT de alquiler de inmuebles no pueden contratar los servicios de Trabajopolis.bo ya que este régimen tributario solamente es válido para personas que alquilan inmuebles propios y no tienen empleados.

¿Cuáles son todas las formas de empresas o entidades permitidas?

  1. Sociedades comerciales (S.R.L., S.A., S.A.M., LTDA.) con matrícula de comercio
  2. Empresas unipersonales con matrícula de comercio
  3. Cooperativas (R.L.)
  4. Instituciones Financieras de Desarrollo (IFD)
  5. Personas con NIT de Registro Agropecuario Unificado (RAU) y Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)
  6. Asociaciones sin fines de lucro con NIT y Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)
  7. Cualquier persona o entidad que tenga Registro Obligatorio de Empleadores (ROE)

¿Existe alguna excepción?

Existen muchas figuras jurídicas bajo las cuáles una persona, empresa o entidad puede contratar empleados legalmente en Bolivia. En esta guía informativa se listan los casos más comunes únicamente. Es posible que existan algunas excepciones en las leyes laborales, tributarias o en el código de comercio que no estén contempladas en esta guía. Por lo tanto, al margen de todo lo mencionado anteriormente, cualquier persona o entidad que cuente con Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) puede contratar los servicios de Trabajopolis.bo, ya que este documento acredita que puede contratar empleados legalmente en Bolivia.

No tengo los documentos necesarios, pero ya he realizado un pago

En este caso, lamentablemente no podrá contratar los servicios de Trabajopolis.bo pero le podemos devolver su dinero. Por favor envíe un correo a soporte@trabajopolis.bo o puede abrir un ticket de asistencia solicitando la devolución y le enviaremos las instrucciones respectivas.

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